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Relevancia jurídica de las pericias psiquiátricas. Su aplicación en un ejemplo concreto: la homosexualidad
Spanish(Ius Canonicum, XLI, N. 81, 2001, págs. 105-144)
Texto elaborado a partir de la sentencia rotal c. Burke, d. 9 iulii 1998
(Traducción del original inglés por Jordi Bosch}.
Sentencia del 15 dic., 1994 (Turin) (exclusión de la prole)
Spanish(Traducción: Tribunal Metropolitano de Bogotá)
I. HECHOS:
1. José y Margarita se conocieron en 1977 en Turín, donde ambos estudiaban en la Facultad de Arquitectura de la Universidad. Se hicieron novios en marzo de 1980, en el grado de José, y en septiembre del mismo año comenzaron a vivir juntos. Cuando Margarita quedó embarazada poco después, José la presionó a abortar, pero en vano. En esas circunstancias decidieron casarse en la Iglesia de San A. de Turín, en marzo de 1981. Aunque su hijo nació en julio de 1981, la convivencia como esposos fue corta y marcada por desavenencias y riñas. En abril de 1982 se separaron.
Sentencia del 24 nov, 1994 (Dublin) (c. 1095. 2 & 3)
Spanish(Traducción: Tribunal Metropolitano de Bogotá)
I- LOS HECHOS:
1. Siendo aún muy jóvenes Bernardette y Denís, comenzaron a tener ya una relación estable. En mayo de 1974 la joven fue herida por una bomba en un acto terrorista, y murió un compañero de trabajo. Ella tuvo que hospitalizarse y someterse a un tratamiento psiquiátrico durante seis meses. Justo durante este tiempo las partes comenzaron a tener relaciones sexuales, por lo cual quedó ella embarazada. Tan pronto como las familias se enteraron de la situación, rápidamente prepararon la boda, que se realizó el 10 de enero de 1975. Bernardette tenía justamente 16 años, en tanto que Brendan tenía 18. La convivencia, de la cual nacieron dos hijos, se prolongó hasta 1982; después, ella definitivamente decidió dejarlo por otro hombre.
Sentencia del 2 dic. 1993 (Omaha) (1095,3)
Spanish(Traducción: Tribunal Metropolitano de Bogotá)
I. HECHOS:
1. María M. y William B., 15 meses después de celebrados los esponsales, a comienzos de 1949 se casaron, de 25 años él y ella de 22. La convivencia duró más de treinta años, pero terminó en 1980, porque María lo dejó. En 1986 ella pidió al Tribunal de Omaha (Nebraska, United States) la declaración de nulidad de su matrimonio, por el capítulo de incapacidad, por parte del varón. Después de una instrucción, que consistió en la declaración de las partes y de siete testigos, el Tribunal dio sentencia afirmativa en abril de 1987, fallo que fue confirmado por el Tribunal de Omaha de segunda instancia, el siguiente mes.
Sentencia del 22 julio, 1993 (Northampton) (c. 1095,2 & 3)
Spanish(Traducción: Tribunal Metropolitano de Bogotá)
I. HECHOS:
1. Bridget M., católica, casada por primera vez en 1953, de cuya unión nacieron tres hijas, después de la muerte de su esposo en 1960, permaneció viuda hasta 1975. Por su parte, Terence S., era no católico, no bautizado, casado por primera vez en 1950. Su esposa murió en 1970; se casó de nuevo al año siguiente, pero su unión se acabó después de sólo 12 meses. Bridget y Terence se conocieron en 1975 cuando él se hospedó en el hotel que ella tenía. Un poco después empezaron a vivir juntos "como casados". Al iniciarse el año de 1977, ella expresó su deseo de casarse ante la Iglesia, contra la voluntad de sus hijas. Disuelto el matrimonio del varón en favor de la fe, por concesión Papal, junto con la dispensa de un posible impedimento de crimen, las partes se casaron ese mismo año. La vida de casados se volvió desdichada, debido al carácter de los esposos. Se separaron después de cuatro años; no hubo hijos.
Sentencia de 26 nov. 1992 (Armagh) (bonum coniugum)
Spanish(Traducción: Tribunal Metropolitano de Bogotá)
I- LOS HECHOS:
1. Después de casi un año de noviazgo, Ana T. y Frank M. se casaron el 23 de febrero de 1980. En ese momento ambos tenían 23 años. Casi desde el comienzo de su vida en común, él se comportó con ella de una manera violenta. Las cosas se pusieron peor cuando ella supo que mientras estaba en el hospital, él pasó las noches con otra mujer en su propia casa. Muy poco después de esto, dieciséis meses después de la boda, ella lo dejó.
Sentencia del 29 Abril, 1993 (Rockville Center) (c. 1095.2)
Spanish(Traducción: Tribunal Metropolitano de Bogotá)
I- HECHOS:
1.- James y Eugenia se conocieron en la pascua de 1957. Se comprometieron en 1964 luego de que él terminara su carrera de derecho; se casaron en octubre de 1965. Tuvieron tres hijos y su convivencia matrimonial duró 22 años. Surgieron dificultades entre los dos debidas a la bebida de James, especialmente en los últimos años. Se separaron por iniciativa de Eugenia y se divorciaron civilmente.
Sentencia del 15 oct. 1992 (Dublin) (c. 1095,2: "immadurez")
Spanish(Traducción: Tribunal Metropolitano de Bogotá)
I- HECHOS:
1.- María, actora, y Colm, contraparte, se conocieron en 1965. Luego de convivir por algunos meses, el varón se convirtió a la fe católica. Posteriormente, la muchacha quedó embarazada, y ante la insistencia de los padres de ambos, se casaron el 12 de agosto de 1967. Ella tenía entonces 18 años de edad y él 20. Su vida matrimonial, de la cual nacieron tres hijos, fue feliz al principio, pero hubo luego infidelidades de ambas partes. En 1979 María logró que Colm se fuera de la casa por las buenas.
Sentencia del 5 nov. 1992 (Paris) (c. 1095,2 [libertad y motivación])
Spanish(Traducción: Tribunal Metropolitano de Bogotá)
I- HECHOS:
1. Juan Francisco E. y Clara B. se conocieron en la Universidad (donde él estudiaba medicina y ella sicología), en marzo de 1976, y muy pronto comenzaron a vivir juntos. Se casaron en marzo de 1979, pero a pesar del nacimiento de un hijo, el matrimonio terminó poco después de un año. Se divorciaron en noviembre de 1982.
Sentencia del 22 julio, 1991 (Chicago) (c. 1095,2)
Spanish(Traducción: Tribunal Metropolitano de Bogotá)
I- HECHOS:
1. Cuando Aurelio y Juana cursaban bachillerato, ambos de16 años, comenzaron una relación estable que continuó en los cinco años siguientes, también por correspondencia frecuente cuando el varón estuvo prestando servicio militar en la Marina. Se casaron el 20 de octubre de 1945 inmediatamente después de su retorno a casa. Cada uno tenía por esta época justamente 21 años. La convivencia matrimonial, enriquecida con el nacimiento de cuatro hijos, fue pacífica aproximadamente durante 30 años. Comenzaron luego a presentarse graves desavenencias entre los cónyuges. La separación definitiva se produjo en el mes de junio de 1980. Después obtuvieron el divorcio civil.

